El abogado Alfonso De La Cruz Martínez insistió este lunes en que es equivocado el convenio interadministrativo entre la Gobernación del Atlántico y el Distrito de Barranquilla para destinar a la ciudad capital cerca de 78 mil millones de la tasa de seguridad que recauda el departamento por disposición de la Asamblea.
“La figura de convenio interadministrativo es equivocada, en la medida en que la Gobernación del Atlántico no simplemente está haciendo un acuerdo para el desarrollo de una actividad convenida, sino que está renunciando a la posibilidad de ejecutar unos recursos cuya naturaleza está en las actividades de la misma entidad. Entonces no es un simple convenio, es la cesión de unos recursos”, dijo el profesional liberal.
Explicó que “al ser una cesión, necesariamente la Asamblea del Atlántico debe intervenir tal como se viene haciendo desde 2007 con Asoatlántico que tiene la concesión del Alumbrado público en los municipios”.
Recordó que la Tasa de seguridad fue declarada inexequible por la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-101 de 2022, por las siguientes razones 2.1. (…) la norma acusada es inconstitucional, en tanto delega en las corporaciones de representación popular la definición del hecho generador de las tasas y sobretasas que autoriza crear. Tal delegación desconoce el equilibrio que debe existir entre la autonomía territorial y la unidad económica. 2.2. Las normas acusadas violan los principios de legalidad y certeza en materia tributaria porque no delimitan el contenido mínimo de la obligación, exigido por el artículo 338 superior para autorizar la creación de tributos. En particular, habilita a las entidades territoriales a crear tasas y sobretasas destinadas a financiar los fondos-cuenta de seguridad, sin especificar nada más.”
Manifestó De La Cruz Martínez que laCorte moduló la Sentencia, y le indicó dos legislaturas al Congreso de la República para fijar el hecho generador. El Plazo que vence el 20 de junio de 2024. 4. Si el 20 de junio de 2024, el Congreso no ha fijado el hecho generador, se tendrá que dejar de cobrar la tasa.
Sostuvo que en la Cámara de Representantes cursa el proyecto de Ley 112 de 2023, que va apenas en primera vuelta. Con la dinámica actual del Congreso no será fácil el trámite para cumplir con el plazo, advirtió.
En conclusión:
1. La figura jurídica de convenio interadministrativo no es la vía para ceder la ejecución de los recursos de la Gobernación del Atlántico a la Alcaldía de Barranquilla, razón por la cual se debe acurdir a la Asamblea departamental y pedir autorización para ceder los recursos. ón para ceder los recursos. 2. No es responsable haber hecho un compromiso contractual con unos recursos cuyo recaudo está en veremos, en la medida que si a junio no ha salido la Ley se debe dejar de cobrar.