Acusan a 3 exdetectives del DAS por asesinato de José Antequera y heridas a Ernesto Samper

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Los exfuncionarios habrían participado en un plan criminal en el que se hizo pasar a un hombre como sicario para dispararle indiscriminadamente y, en medio de la confusión, causarle la muerte al entonces candidato presidencial.

La Fiscalía General de la Nación acusó formalmente a los exdetectives del DAS Didier Augusto Hernández Caicedo, Carlos Alberto Cortés Bocanegra y Rodolfo Sanjuán Garzón por el crimen del excandidato presidencial de la Unión Patriótica (UP), José de Jesús Antequera Antequera; y las heridas ocasionadas a siete personas, entre ellas al expresidente de la República Ernesto Samper Pizano, en hechos ocurridos el 3 de marzo de 1989, en el Aeropuerto El Dorado de Bogotá.

Luego de valorar los elementos de prueba y la evidencia técnica obtenida, una fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos determinó que los tres exfuncionarios deberán responder en juicio como posibles responsables de los delitos de homicidio con fines terroristas agravado, tentativa de homicidio, concierto para delinquir agravado y porte ilegal de armas de uso privativo de las Fuerzas Armadas.

Los detectives hacían parte del esquema de seguridad del dirigente político y, en cumplimiento de sus funciones, lo acompañaron a la terminal aérea para que tomara un vuelo con destino a Barranquilla (Atlántico).

Mientras caminaba a los mostradores de la aerolínea, el señor Antequera Antequera se encontró con el entonces congresista Ernesto Samper, con quien sostuvo una conversación improvisada. El diálogo fue interrumpido por una lluvia de disparos. Los proyectiles impactaron al excandidato, a su interlocutor y a siete personas más, dos de ellas menores de edad.

El líder de la UP murió, al igual que un hombre de 21 años que, posteriormente, fue presentado por las autoridades como sicario. La investigación da cuenta de que, en realidad, habría sido un señuelo que hicieron pasar como delincuente para justificar la reacción de los hoy acusados, que accionaron sus armas indiscriminadamente.

El material probatorio advierte que el supuesto agresor, al parecer, no portaba armas y simplemente esperaba en una fila de viajeros con un maletín. Sin embargo, los escoltas del dirigente abrieron fuego sin control hasta causarle la muerte. En medio de la confusión, uno de los escoltas, Didier Augusto Hernández Caicedo, se acercó al cuerpo y, presuntamente, ocultó una subametralladora Mini Ingram. Posteriormente, fingió una requisa y volvió a tomar el arma para indicar que era el artefacto homicida y lo estaba recuperando para proteger la escena.

Las pruebas de balísticas indicaron que el posible sicario nunca activó armas y que la subametralladora habría estado en poder del detective Hernández Caicedo. Asimismo, otros estudios técnicos evidenciaron que algunos de los proyectiles de la Mini Ingram estaban en la humanidad del líder de la UP y del expresidente Samper.

Por todo la anterior, la Fiscalía acreditó que los exfuncionarios del DAS no actuaron en defensa propia. Por el contrario, tendrían premeditado generar caos para que el escolta Hernández Caicedo y otros hombres dispararan en contra las víctimas; mientras Cortés Bocanegra y Sanjuán Garzón le causaban la muerte a quien presentarían como agresor.

De otra parte, se concluyó que los hoy procesados habrían desatendido los protocolos de protección, no velaron por la seguridad del señor Antequera Antequera ni por la integridad de las demás personas que estaban en el aeropuerto. Al parecer, estaban interesados en simular un atentado, asesinar al supuesto sicario, así como ubicar y fingir que recuperaban el arma homicida.

Lesa Humanidad

La resolución de acusación reafirma que el homicidio de José de Jesús Antequera Antequera corresponde a un crimen de lesa humanidad, que hizo parte de un patrón de criminalidad en el que se concertaron agentes del Estado, narcotraficantes y grupos paramilitares para exterminar a los integrantes y representantes de la UP.

Este proceso avanza en atención a los parámetros de la Ley 600 de 2000 (anterior Sistema Penal). El juicio se realizará a instancias de un juez penal del circuito especializado.