Asi fue decidido la tarde del jueves por la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado mediante demanda que interpusieron Julián David Solorza y Lucas Arboleda Henao, quienes solicitaron la nulidad del decreto 227 del 16 de febrero de 2023, por medio del cual el Presidente Gustavo Petro Urrego reasumió las funciones de regulación de algunos servicios públicos.
Para el Consejo de Estado, dentro de los varios análisis que hace, no es cuestionable el hecho de que el Presidente haya reasumido las funciones que en materia de servicios públicos domiciliarios le asisten, porque lo que se encuentra irregular es que el primer mandatario la Nación haya decidido arrogarse la competencia para regular el régimen tarifario de los servicios públicos, rol funcional que por expresa disposición constiucional le fue conferido al Congreso de la República que, en ejercicio de su libertad de configuración legislativa, consideró pertinente asignar el trámite técnico y operativo de las fijación de dichas tarifas a las comisiones de regulación.
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