La Portabilidad Numérica Móvil es un mecanismo, definido por la CRC, que permite a los usuarios, desde el año 2011, cambiar de operador manteniendo su número de celular, cuantas veces quiera, para que pueda elegir la mejor oferta que se ajuste a sus necesidades.
Como resultado de esta medida, desde su inicio y hasta marzo de 2023, se han registrado más de 43,2 millones de operaciones.
Como lo indica la evaluación de impacto de la Resolución CRC 5929 de 2020, con la que se redujo el tiempo del trámite de 3 días a menos de 1 día hábil, esta mejora aceleró significativamente el número de solicitudes de portación, pasando de registrar 1,2 millones en el primer trimestre de 2020 a 3,7 millones en el primer trimestre de 2023, lo que representa un crecimiento del 208%.
Conscientes de la importancia de continuar fortaleciendo la Portabilidad Numérica Móvil para promover la competencia y continuar garantizando el ejercicio del derecho a la libre elección que tienen los usuarios de servicios de telecomunicaciones móviles en Colombia, y al evidenciar que el número de portaciones exitosas ha disminuido de un 87% a un 48% entre 2020 y 2023, alcanzando 1,92 millones solicitudes rechazadas entre enero y marzo de este año, la CRC adelantó la revisión del proceso para su simplificación que dio como resultado la expedición de la Resolución CRC 7151 de 2023.
En primera instancia, al analizar las causales de los rechazos de las solicitudes de portación, se identificó que la más común es cuando los usuarios cuentan con obligaciones de pago vencidas o mora (83% del total de los rechazos de los operadores durante el primer trimestre de 2023), por lo que se consideró la modificación de dichas causales. Dentro de las nuevas medidas se destaca la eliminación de la obligación de estar al día con los pagos para poder portarse. La eliminación de dicha causal no libera al usuario de la responsabilidad de estar al día con sus obligaciones por lo que el operador podrá usar otros mecanismos de cobro.
Así mismo, una vez conocidos casos de fraude por suplantación de identidad y preocupados por la seguridad y protección de los colombianos, se modificó el texto del mensaje que recibirá el usuario a la hora de realizar el trámite con el que se remite el número de identificación personal (NIP) advirtiendo que el código corresponde al cambio de operador de su línea móvil, para que, en caso de no haber solicitado la portación, se comunique con su operador, “para lograr la efectividad de esta medida hacemos un llamado a los usuarios para que estén alerta a los mensajes enviados por su operador y puedan actuar con rapidez con el propósito de evitar que los delincuentes roben su línea para cometer delitos financieros” Explicó Nicolás Silva Cortés, Comisionado y Director Ejecutivo de la CRC.
Ejemplo del mensaje del NIP:
Otro de los cambios para fortalecer los mecanismos de verificación de la identidad del titular, es la presentación del NIP (código para la solicitud del trámite) para el caso de las solicitudes realizadas por personas jurídicas, requisito que sólo aplicaba a personas naturales.
Para la portación de las líneas en modalidad prepago se incluye la obligación de validar la identidad del usuario por parte del operador, por lo que se recomienda a los ciudadanos registrar y mantener actualizada su información, para que al momento de solicitar la portación de su línea ésta no sea rechazada.
“Como lo evidencia la evaluación de impacto realizada a la Resolución CRC 5929 de 2020, las mejoras al proceso de portabilidad numérica móvil han contribuido de manera positiva en la dinamización de la competencia en el servicio de telefonía móvil, con lo que los operadores se han visto motivados a ofertar una mayor variedad de planes y servicios para atraer a sus clientes.
Sin duda, la implementación de estas medidas, contempladas en la Resolución 7151 de 2023, fortalecerá la portabilidad estableciendo nuevas reglas para proteger los derechos de los usuarios de servicios de comunicaciones móviles en el país, simplificando el proceso de cambio de operador y evitando el ejercicio de malas prácticas en el trámite.” Concluyó Nicolás Silva Cortés.