Cambian calendario de documento de pago de nómina electrónica en empresas

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El calendario iniciará el primero de octubre del 2021 y terminará en diciembre.

“Es un importante anuncio para el sector empresarial y está en línea con el compromiso que tiene la Dian para apoyar para apoyar de manera irrestricta la reactivación económica de nuestro país”, dijo el director general, Lisandro Junco Rivera.

Bogotá mayo de 2021

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) adoptó medidas para apoyar la reactivación de la economía, y modificó el calendario para implementar el documento de soporte de pago de nómina electrónica en el sector empresarial, el cual se iniciará el primero de octubre y terminará en diciembre del 2021.

“Es un importante anuncio para el sector empresarial y está en línea con el compromiso que tiene la DIAN para apoyar de manera irrestricta la reactivación económica de nuestro país”, dijo el director general, Lisandro Junco Rivera.

La nómina electrónica tiene enormes beneficios, toda vez que es fuente de datos de los descuentos por retenciones en la fuente de los empleados, lo que ayuda a combatir la evasión fiscal por ese concepto, en línea con las políticas establecidas por el Gobierno del presidente, Iván Duque.

También permite seguir desmaterializando comprobantes fiscales para prestar mejores servicios a los contribuyentes, como las declaraciones sugeridas de renta y del impuesto a las ventas, facilitando así la devolución de impuestos y haciendo más eficiente el control fiscal.

El soporte de costos y deducciones para la declaración de renta va a convertirse en un libro de compras y ventas, como instrumento de control para los contribuyentes del impuesto a la renta, indicó Junco Rivera.

Las medidas

El próximo primero de agosto estará disponible el sistema de facturación electrónica para la habilitación, generación, transmisión, validación, expedición, entrega y registro, según corresponda, de acuerdo con la resolución 37 del 5 de mayo del 2021.

La DIAN también ajustó la fecha para que, a partir del primero de agosto del 2021 sea adoptado por los sujetos obligados a expedir factura de venta o documento equivalente, el anexo técnico para la generación, transmisión y validación del documento soporte en adquisiciones, con sujetos no obligados a expedir factura de venta a la DIAN.

Junco Rivera resaltó que este nuevo calendario de implementación del documento soporte de pago de nómina electrónica, según el número de empleados de las empresas, trasladó su inicio del primero de julio al primero de septiembre, y redujo de 6 a 4 los grupos establecidos.

Igualmente, se extiende la fecha máxima para iniciar la generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y sus notas de ajuste, entre agosto y diciembre del 2021.

Respecto del calendario de implementación permanente, se indica que los nuevos sujetos que deban generar el documento soporte de pago de nómina electrónica, derivados de una vinculación laboral o legal y reglamentaria, cuentan con un plazo de 2 meses, contados a partir de la realización de los pagos o abonos en cuenta, sin sujeción a la entrada en vigencia de la resolución.

(Con información de la Dian)