En 6 departamentos del Caribe la ANE sancionó uso ilegal del espectro radioeléctrico

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La Agencia Nacional del Espectro (ANE) da a conocer los resultados del 2020 acerca la gestión de vigilancia y control del espectro radioeléctrico, con el fin de generar consciencia sobre el uso adecuado del espectro, las consecuencias administrativas y penales por ilegalidad, y la importancia de la lucha que se tiene actualmente contra la clandestinidad.

Recordemos que el espectro radioeléctrico es la porción del espectro electromagnético utilizada para las telecomunicaciones, y para hacer uso de ella, toda persona natural o jurídica debe tener un permiso expreso otorgado previamente por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

En dicho permiso se indican las condiciones técnicas con las que deben operar las estaciones de un Proveedor de Redes y Servicios de Telecomunicaciones, tales como, frecuencia, potencia y ancho de banda, entre otros. Se exceptúan las condiciones técnicas de las estaciones del servicio de telefonía móvil celular en cuyos permisos sólo se indica la banda de frecuencia en la que se debe operar.

“Para modificar alguno de los parámetros técnicos autorizados por el Mintic se requiere contar con autorización previa otorgada por dicha entidad a través de un acto administrativo. Los permisos de uso de espectro conllevan derechos y obligaciones que se encuentran definidos en la Ley 1341 de 2009. Igualmente, existe una excepción a la necesidad de obtener un permiso expreso para el uso del espectro radioeléctrico, que corresponde a las bandas de frecuencia de libre utilización, cuyas condiciones para su uso se encuentran establecidas en la Resolución No. 105 de 2020 expedida por la ANE y permiten el funcionamiento de tecnologías como Wi-Fi y Bluetooth, entre otras, que generan un enorme impacto social”, afirmó Miguel Felipe Anzola, Director General de la ANE.

Durante el 2020, la Agencia Nacional del Espectro realizó 44 decomisos de equipos trasmisores y se impusieron 67 sanciones por uso no autorizado del espectro, lo que implica el pago de un total de 1.679 Salarios Mínimos Legales Mensuales equivalentes a 1.525.154 millones de pesos.

Para el caso de la Región Caribe, en 2020 se impusieron 17 sanciones por el uso no autorizado del espectro, equivalentes a 441 Salarios Mínimos Legales Mensuales SMLM, distribuidas así: Córdoba: 3 sanciones equivalentes a 37 SMLM, Sucre: 1 sanción equivalente a 50 SMLM, Bolívar: 5 sanciones equivalentes a 130 SMLM, Atlántico:  1 sanción equivalentes a 15 SMLM, Magdalena: 5 sanciones equivalentes a 168 SMLM y Cesar: 2 sanciones equivalentes a 41 SMLM.

Finalmente, la invitación a la ciudadanía es que se abstenga de hacer uso no autorizado de espectro radioeléctrico para la prestación ilegal de servicios de radiodifusión sonora, o para otros servicios de telecomunicaciones, teniendo en cuenta las consecuencias administrativas y penales a las que se puede ver enfrentada.

Así mismo, cualquier persona puede denunciar el uso ilegal del espectro, a través de nuestra página web www.ane.gov.co, en la sección Atención al ciudadano/ Denuncie al clandestino, y también puede radicar la denuncia en las instalaciones de la ANE o remitirla al correo [email protected]. Es importante indicar el nombre de la emisora, la frecuencia, la dirección del predio, y en lo posible aportar pruebas tales como videos o fotografías, para poder iniciar los trámites de investigación de acuerdo con lo establecido en la ley.