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miércoles, febrero 4, 2026

Gremios le piden al Gobierno que retire proyecto que modifica el Registro Nacional de Turismo (RNT)

Cuatro gremios del sector digital y empresarial —ALAI, AmCham Colombia, CCIT y la Cámara Colombiana de Comercio Electrónico— solicitaron al MinComercio el retiro del proyecto de decreto que modifica el Registro Nacional de Turismo (RNT).

Los gremios advierten que la propuesta cambia el marco regulatorio vigente sin sustento técnico ni Análisis de Impacto Normativo, impone nuevas cargas y controles tecnológicos sin claridad, y podría generar riesgos jurídicos y afectaciones a la competencia en el sector turístico y digital.

El texto de la comunicación al gobierno nacional es el siguiente:

Bogotá D.C., 29 de enero de 2026 Señora Ministra de Comercio, Industria y Turismo Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia 
Asunto: Solicitud de retiro del proyecto de decreto que modifica el régimen del Registro Nacional de Turismo y revisión integral del enfoque regulatorio aplicable a la materia.

Desde la Asociación Latinoamericana de Internet, la Cámara de Comercio Colombo Americano, la Cámara Colombiana de Informática y Telecomunicaciones y la Cámara Colombiana de Comercio Electrónico, manifestamos nuestra profunda preocupación frente al proyecto de decreto puesto en consulta pública por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, mediante el cual se propone modificar de manera integral el régimen del Registro Nacional de Turismo (RNT). 

Es indispensable señalar, en primer lugar, que la vivienda turística y los servicios turísticos digitales ya cuentan con un marco normativo vigente, consolidado a partir de normas como la Ley 2068 de 2020 y sus decretos reglamentarios. El proyecto de decreto no se limita a desarrollar o precisar ese marco, sino que altera sustancialmente sus fundamentos, redefine obligaciones, cambia la naturaleza de los prestadores y reconfigura los mecanismos de control, sin una justificación técnica, jurídica o económica suficiente. Esta forma de intervención normativa desconoce principios básicos de seguridad jurídica, coherencia regulatoria, límites a la potestad reglamentaria y confianza legítima. 

Adicionalmente, el proyecto no identifica de manera clara el problema de política pública que pretende resolver, ni presenta diagnósticos, estadísticas o evidencia empírica que respalden la necesidad de un cambio regulatorio de esta magnitud. No se demuestra que el esquema actual sea ineficiente, insuficiente o fallido, ni que los problemas señalados se originen en la regulación vigente. La ausencia de un análisis de impacto regulatorio serio impide evaluar la proporcionalidad, razonabilidad y conveniencia de las medidas propuestas, lo que constituye un defecto técnico sustancial del proyecto. 

Si bien el Ministerio ha adelantado mesas técnicas y espacios de diálogo, consideramos necesario dejar claro que la realización de estas reuniones no convalida ni legitima el proceso regulatorio. La participación de la industria no puede entenderse como respaldo al contenido del decreto. Por el contrario, los gremios y actores del ecosistema hemos expresado de manera reiterada reparos de fondo que no se reflejan en el texto sometido a consulta, y que por el contrario, parecen ser desestimados de plano. En ese sentido, la ausencia de una incorporación efectiva de las visiones técnicas, operativas y regulatorias del sector, termina por afectar la solidez técnica y la legitimidad del proceso. 

El proyecto, además, introduce nuevas cargas, obligaciones y esquemas de control, incluyendo mecanismos de preverificación e interoperabilidad tecnológica, sin definir estándares técnicos claros, sin evaluar la capacidad institucional del Estado para implementarlos, y sin considerar los riesgos legales y operativos que traslada a los prestadores y a las plataformas digitales. 

Esto se suma a que, en las mesas realizadas durante el mes de enero, CONFECÁMARAS manifestó que los requisitos propuestos implican la implementación de un nuevo sistema tecnológico para el RNT, lo cual requiere esfuerzos técnicos y recursos adicionales, sin que hasta el momento se haya definido quién será responsable de su provisión. 

Este traslado de funciones propias de la supervisión pública a actores privados, sin sustento en un Análisis de Impacto Normativo previo, representa un riesgo jurídico y regulatorio significativo. 

Por todo lo anterior, solicitamos de manera expresa y enfática que el proyecto de decreto sea retirado en su forma actual y que se adelante una revisión integral del enfoque regulatorio, partiendo del reconocimiento del marco vigente, de evidencia técnica verificable y de un proceso de construcción normativa verdaderamente inclusivo, que reconozca la visión de quienes participan y conocen el sector.

Cualquier modificación al régimen del RNT, por tratarse de un proyecto normativo de alto impacto, debe estar precedida de un Análisis de Impacto Normativo, en los términos establecidos en el CONPES 3816 de 2014. Asimismo, debe observarse de manera estricta lo dispuesto en el Decreto 1609 de 2015 y su anexo, correspondiente al Manual para la Elaboración de Textos Normativos, Proyectos de Decreto y Resolución, el cual señala que, en la etapa previa, deben adoptarse previsiones para la redacción de las normas que, entre otros aspectos, respondan a la finalidad de la regulación que se pretende expedir, a la identificación de la problemática que pretende resolver, a los objetivos perseguidos y a la ineficiencia de la normatividad existente. 

Adicionalmente, y considerando los efectos que tendría una normativa de esta magnitud en el mercado de servicios turísticos, se debe contar con el concepto previo de Delegatura para la Protección de la Competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio, evaluando los verdaderos impactos en materia de competencia en el sector turístico. 

Es imperativo que todo lo anterior esté acompañado de una participación real y efectiva de los agentes del mercado que se verán impactados por la normativa, en la medida en que son ellos quienes conocen de primera mano las dinámicas del sector y las verdaderas necesidades del mercado, lo cual resulta indispensable para garantizar que la regulación sea adecuada, proporcional y eficaz. 

Finalmente, resulta pertinente que en estos espacios de discusión se garantice la participación de funcionarios que ocupen cargos directivos o cuenten con capacidad real de decisión, con el fin de fortalecer el alcance de las mesas y asegurar que las conclusiones allí construidas puedan traducirse efectivamente en definiciones de política pública. 

En ese sentido, es relevante señalar que, durante las mesas adelantadas, no se contó con la participación del Viceministro de Turismo ni de la Ministra de Comercio, Industria y Turismo, cuya presencia habría contribuido a elevar el nivel del diálogo, dotar de mayor legitimidad el proceso y facilitar la adopción de decisiones oportunas y coherentes con la importancia de la regulación en discusión.

Reiteramos nuestra disposición a contribuir técnicamente a un proceso regulatorio técnico y basado en evidencia, que fortalezca el turismo, la formalidad y la economía digital, sin generar distorsiones, inseguridad jurídica ni efectos adversos para el sector y para el país. 

Cordialmente,
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