Las relaciones afectivas están evolucionando hacia formas virtuales donde el cortejo, la intimidad y la convivencia pueden darse sin contacto físico, a través de plataformas virtuales. Estas relaciones pueden ser tan intensas y significativas como las tradicionales.
Aunque las emociones en entornos digitales son reales, también surgen nuevos conflictos como la dependencia emocional, los celos y la idealización. La ausencia de lenguaje corporal y la exposición a interacciones públicas pueden afectar la estabilidad emocional.
El sistema jurídico actual no contempla adecuadamente las uniones afectivas que se forman en entornos virtuales. Se propone una legislación que reconozca estas relaciones basándose en la voluntad, la permanencia y la construcción emocional.
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En un mundo donde lo físico y lo virtual conviven cada vez con más naturalidad, las relaciones amorosas también están experimentando una mutación profunda. El cortejo, los vínculos afectivos e incluso la convivencia en pareja ya no necesitan un mismo techo o la cercanía corporal para consolidarse.
Hoy, muchas historias de amor nacen, crecen y se sostienen entre chats, emojis y plataformas inmersivas. Y aunque parezca ciencia ficción, estas uniones comienzan a exigir algo que durante siglos se dio por sentado en el plano físico: derechos.
En este nuevo contexto, se vuelve urgente preguntarse: ¿puede una relación en el metaverso ser considerada una unión marital de hecho? ¿Qué pasa con los celos, la infidelidad o la intimidad cuando el cuerpo no está presente, pero las emociones sí? ¿Estamos preparados, como sociedad y como sistema legal, para entender y proteger las nuevas formas de vincularnos?
Relaciones digitales con impacto emocional real

La respuesta empieza por reconocer lo más importante: detrás de cada interacción digital, hay una conciencia y una voluntad humana. Las emociones expresadas en entornos virtuales no son menos reales. “Las interacciones emocionales y los vínculos afectivos que trascienden las fronteras físicas están transformando la forma en que las personas se vinculan”, explica Sonia López Rendón, docente de psicología jurídica del Politécnico Grancolombiano y autora del libro “La pareja y la adquisición de derechos en el metaverso y la realidad virtual”, que reúne la investigación que ha realizado durante años.
Según ella, espacios como el metaverso están creando nuevos escenarios para el cortejo, la construcción de comunidades afectivas e incluso la conformación de parejas con proyectos de vida en común. “En este universo digital, al que llamamos ‘phileverso’, también hay intimidad, complicidad y deseo de permanencia. Y si hay vínculos sólidos, también hay necesidad de reconocimiento jurídico”.
El giro no es menor. Las relaciones de pareja que antes necesitaban de la convivencia cotidiana para configurarse como unión marital de hecho, hoy pueden surgir entre dos avatares que interactúan durante meses o años en plataformas inmersivas, con rutinas compartidas, acuerdos afectivos y una experiencia emocional intensa. Desde la neuropsicología, incluso, se ha demostrado que este tipo de conexiones puede activar los mismos sistemas dopaminérgicos de recompensa que se estimulan en una relación presencial.
Pero no todo es idilio digital. Este tipo de vínculos también abre la puerta a nuevas formas de conflicto, dependencia emocional o idealización extrema. La ausencia de lenguaje corporal, por ejemplo, puede dificultar la lectura de señales clave, mientras que la constante exposición a interacciones públicas comentarios, likes y coqueteos virtuales puede generar celos, ansiedad y conductas compulsivas en la búsqueda de validación.

¿Relación tradicional o digital? ¿Qué los diferencia?
A simple vista, las relaciones tradicionales parecen más “reales” por su cercanía física, pero las del entorno digital no son menos intensas. Cambia el escenario, no necesariamente la emoción. En lo tradicional, los gestos, el contacto y la convivencia diaria marcan el ritmo del vínculo. En lo digital, se impone la comunicación constante, la imaginación compartida y la creación de códigos propios en espacios que, aunque virtuales, se viven con enorme carga afectiva.
En el metaverso, dos personas pueden compartir rutinas, establecer pactos, atravesar crisis e incluso experimentar rupturas tan dolorosas como las del mundo físico. La diferencia está en cómo se construyen y representan esos afectos. Este nuevo panorama exige nuevas herramientas de análisis, no basta con aplicar los criterios clásicos de pareja, es necesario entender cómo el deseo, la intimidad y el compromiso se reconfiguran cuando el cuerpo no está, pero el lazo emocional sí.
¿Y qué dice la ley?
A nivel legal el reto es aún mayor. ¿Cómo demostrar que una pareja formada en la virtualidad ha consolidado una unión con fines permanentes? ¿Qué ocurre con los derechos patrimoniales en caso de separación, o con la validez de acuerdos firmados entre avatares?
La investigación liderada por Sonia López Rendón propone abrir un camino en el derecho desde un enfoque transdisciplinario.
Según explica la autora, los sistemas jurídicos actuales carecen de categorías suficientes para abordar la emocionalidad digital y los lazos afectivos que se configuran en entornos como el metaverso o la realidad aumentada. “Las normas están hechas para vínculos presenciales, pero no contemplan todavía una relación que ocurre a través de dispositivos, donde lo emocional y lo cognitivo tienen peso, pero el cuerpo no”.

En ese sentido, su estudio propone avanzar hacia una legislación que reconozca la validez jurídica de los vínculos digitales, tomando como base la voluntad, la permanencia y la construcción emocional, más allá del contacto físico. Esto implica no solo adaptar el concepto de unión marital de hecho, sino también desarrollar criterios para valorar el consentimiento digital, los acuerdos afectivos y las consecuencias emocionales y patrimoniales de una ruptura virtual.
“Así como las relaciones físicas evolucionaron desde modelos centrados en la reproducción hacia un proyecto afectivo de vida, hoy debemos entender que las uniones en el entorno digital también están pidiendo su lugar, no solo en el corazón de las personas, sino en la ley”, concluye López.