Por Guillermo de la Hoz Carbonó

Un juez de Bogotá ha ordenado el embargo de cuentas nacionales para garantizar el pago de los subsidios de energía adeudados a Afinia, filial de EPM, en una decisión que ha desatado tanto euforia como preocupación. En un país polarizado, algunos celebran el fallo no tanto por su impacto jurídico, sino porque supone un golpe contra el gobierno actual. Sin embargo, más allá del debate político, es necesario reflexionar sobre el peligroso precedente que esta decisión deja para la estabilidad de la hacienda pública y la gobernabilidad futura.
El Estado colombiano, como cualquier administración, incurre en compromisos financieros que deben cumplirse, pero la herramienta para honrarlos es el Presupuesto General de la Nación (PGN), diseñado para distribuir recursos de manera organizada. Permitir que estos sean embargados por orden judicial abre una caja de Pandora: cualquier entidad territorial, contratista o empresa con una deuda pendiente con el Gobierno podría recurrir al mismo mecanismo, creando un efecto cascada devastador.
El artículo 334 de la Constitución establece que la dirección de la economía está en cabeza del Estado y que el gasto público debe cumplir con criterios de eficiencia y equidad. Además, en su reforma de 2011, se introdujo la figura del incidente de impacto fiscal, que obliga a evaluar las consecuencias económicas de las decisiones judiciales sobre las finanzas públicas. ¿Será que el juez de Bogotá consideró este principio? ¿Analizó si su fallo pone en riesgo la estabilidad presupuestal? La respuesta es incierta, pero el riesgo es evidente.
El artículo 63 de la Constitución establece que los bienes públicos son inembargables, precisamente para evitar que la ejecución del gasto se vea afectada por litigios particulares. La Corte Constitucional, en fallos como la C-252 de 2010, ha reiterado que los recursos destinados a servicios esenciales deben estar protegidos de medidas cautelares que comprometan su uso. ¿Qué pasará si este embargo se convierte en norma y se repite en otros sectores? Salud, educación, infraestructura y seguridad podrían ver reducidos sus fondos por decisiones judiciales que, aunque legalmente válidas en casos concretos, terminan afectando el interés general.
Colombia tiene una deuda pública superior al 55% del PIB, según el Marco Fiscal de Mediano Plazo 2024. Las reglas de responsabilidad fiscal, contenidas en la Ley 819 de 2003, exigen que cualquier decisión que afecte el equilibrio financiero del Estado considere su impacto macroeconómico. Si cada contrato impago deriva en un embargo, el manejo del presupuesto se volverá inmanejable.
Más allá del caso puntual de Afinia, el problema radica en el precedente jurídico que se está sentando. Los gobiernos pasan, pero las reglas que se crean permanecen. Quienes hoy celebran esta decisión porque golpea a Petro, deben preguntarse si estarían igual de felices si en un futuro la justicia embarga los fondos de un gobierno con el que sí simpatizan, dejándolo sin margen de maniobra.
Este tema es aún más preocupante para el Caribe colombiano, una región históricamente afectada por problemas en la prestación del servicio de energía. Afinia, junto con Air-e, tiene la tarea de garantizar el suministro en Bolívar, Córdoba, Sucre, Cesar y el sur del Magdalena, donde millones de ciudadanos dependen de estos subsidios. Si la crisis financiera de Afinia se extiende por una mala gestión de los recursos, los afectados serán los usuarios más vulnerables, no un presidente en particular.
La política no puede dictar las reglas de la hacienda pública. La ejecución del presupuesto requiere estabilidad y previsibilidad. Embargar recursos nacionales puede sonar a justicia en el corto plazo, pero en el largo plazo convertirá al país en una entidad ingobernable, donde cada fallo judicial modifique la destinación de los recursos públicos según la coyuntura política del momento. Es un riesgo demasiado alto, no solo para este gobierno, sino para todos los que vengan.