Liberan y habilitan autogeneración de energías limpias en Colombia

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El Gobierno del Cambio del presidente Gustavo Petro liberó de cualquier trámite a la autogeneración de energía que sea utilizada exclusivamente para consumos propios. 

Igualmente habilitó la autogeneración y producción marginal para autoabastecer necesidades energéticas de manera remota e inyectar energía en diferentes sitios del Sistema Interconectado Nacional (SIN). 

Lo anterior, lo hizo con el fin de promover la libre competencia y aumentar el uso de las Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER), el Ministerio de Minas y Energía actualizó el Decreto 1073 de 2015. 

Estas modificaciones normativas abren las puertas para la nueva industria verde que diversificará la economía del país. 

Estas economías, intensivas en el uso de electricidad, podrán aprovechar los beneficios de la electricidad limpia producida en sitios diferentes a los de la manufactura industrial. 

La legislación que había ponía obstáculos 

El Ministerio de Minas y Energía informó que la normatividad previa restringía a los autogeneradores y a los productores marginales de abastecer su consumo de energía a través de fuentes de generación producida en los sitios distintos al de consumo. 

Ello limitaba el aprovechamiento de las fuentes renovables que pueden ser desarrolladas en zonas favorables para la producción de energía y dificultaba la integración de estas FNCER en el sector productivo. 

Por ello, las modificaciones que entrarán a regir a partir de la expedición del Decreto 1406 del 22 de noviembre de 2024 se encaminan a establecer: 

•Que no se requerirá ningún tipo de autorización para la conexión al SIN o redes en las ZNI, ni tendrá distinción de gran o pequeña escala, ni límites de capacidad para cuando el autogenerador o el productor marginal no entregue energía a través de la red.  

•Que la energía eléctrica producida por los autogeneradores podrán utilizar los activos del STN y/o los sistemas de distribución para su propio consumo (autogeneración y producción marginal remota).

CREG tiene tres meses para reglamentar 

La CREG, dentro de los tres (3) meses contados a partir de la publicación de este decreto, deberá elaborar la reglamentación para la liquidación y participación de estos autogeneradores en los mecanismos del cargo por confiabilidad y la remuneración de servicios complementarios. 

“Nuestro marco normativo armoniza la regulación con las necesidades del país y de un sector eléctrico sostenible que permita aprovechar los recursos renovables de los territorios y que promuevan un desarrollo productivo descentralizado y ecuánime dentro de la Transición Energética Justa”, puntualizó el Ministerio de Minas y Energía.

Decreto 1403 de 22 de noviembre de 2024

Con información del Ministerio de Minas y Energía