“Usando bien sus facultades, cada ciudadano puede reemplazar la violencia por la paz y avanzar así hacia el pleno desarrollo de todos, sin dejar a nadie atrás”, es el mensaje que envía a los ciudadanos en estos momentos la Fundación Colombiana de ética y Bioética, Fuceb.
El pronunciamiento suscrito por Vicente José Carmona Pertuz MD., Especialista en Ginecología y Obstetricia, Epidemiología y Bioética, en calidad de Presidente de Fundación Colombiana de Ética y Bioética, Fuceb, es el siguiente:
Expedido por sus miembros habitantes del territorio nacional
La Fundación Colombiana de Ética y Bioética FUCEB, invita a todo el país a vivir la experiencia creativa y por eso siempre constructiva y aportante al pleno desarrollo personal, del ejercicio ético y bioético de la protesta justa, que fue consagrado en la Constitución Política de Colombia, en su artículo 37:
“Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho.” 1.
En este mismo sentido, el artículo 15 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos -vinculante para Colombia- señala: “Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de tal derecho sólo puede estar sujeto a las restricciones previstas por la ley, que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad o del orden públicos, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos o libertades de los demás” 2.
El legítimo derecho a la protesta -pacífica y por causa justa-, implica que el Estado debe asegurar las condiciones formales, jurídicas e institucionales necesarias, para que sea efectivamente ejercido, garantizando siempre, en todo el territorio nacional y con los medios proporcionados, la integridad y la seguridad de cada ser humano, sin excepciones, en su vida, salud, bienes y acciones, en su familia y comunidad.
Sin embargo, los asesinatos a civiles y miembros de la fuerza pública, así como la obstaculización de suministros de alimentos y de insumos necesarios para el acceso a la salud, que se vienen dando, no solo representan graves violaciones a los derechos humanos, sino también un detonante de condiciones que impiden el ejercicio del derecho a la protesta con los requisitos que exige la dignidad de todo ser humano en la que se basa cada principio, derecho y deber.
La ciudadanía necesita información veraz, suficiente y ágilmente actualizada, para conocer la finalidad por la cual inició la protesta legítima y el cuidado en que se fundamenta el ejercicio, igualmente justificado, de la fuerza pública.
Es facultad del ser humano sopesar los medios escogibles para la búsqueda y protección de sus bienes y fines genuinos, entre los que la vida es el valor primordial -para cada uno su vida es su ser-, el bien primario que hace posible los demás valores y derechos, y del que se concluye su dignidad de humano que nunca puede ser tratado como un simple medio, ni por sí mismo, ni por terceros, de modo independiente a la etapa de la vida, a sus circunstancias o las de otros, porque el valor de un ser humano nunca es condicionable a lo que esté sucediendo en la sociedad: un todo social, al ser fruto de modos de relacionarse los seres humanos, siempre es un bien inferior que cualquiera de los seres humanos que son quienes se relacionan.
El que se vincula conformando sociedad -la primera sociedad es la familia-, es siempre un bien más perfecto que el vínculo mismo y sus efectos, también los que impactarán a las generaciones futuras, que son igualmente merecedoras de una familia y una sociedad en paz.
En ese sentido, y siguiendo los estatutos de nuestra Fundación, reiteramos la invitación a asumir que “Los sucesos contrarios a la dignidad y derechos de cada ser humano que se observan en todas las sociedades, serán superados en la medida en que los ciudadanos asuman valientemente su responsabilidad civil ante cada individuo de nuestra especie y ante las generaciones futuras. (Estatutos, Justificación) […] La Fundación considerará que todos los que se identifiquen con corrientes de pensamiento cuyo eje central sea el respeto incondicional a cada ser humano, deberán caracterizarse, como una consecuencia inmediata de sus convicciones, por promover, en primer lugar, con su ejemplo, un trato tolerante, respetuoso y amable con quienes piensan diferente.” (Art. 3, lit. 2) 3.
La violencia deja dolor, oscuridad, tristeza y dificultad para descubrir el bien que es uno mismo y el que es cada otro ser humano; la paz hace posible la alegría y el pleno desarrollo de todos los miembros de la familia humana. Usando bien sus facultades, cada ciudadano puede reemplazar la violencia por la paz y avanzar así hacia el pleno desarrollo de todos, sin dejar a nadie atrás.
Vicente José Carmona Pertuz MD.
Especialista en Ginecología y Obstetricia, Epidemiología y Bioética
Presidente
Fundación Colombiana de Ética y Bioética FUCEB
1 República de Colombia. Constitución Política. Art. 37. Disponible el 07/ 05/2021, http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/constitucion_politica_1991_pr001.html
2 Organización de los Estados Americanos OEA. Convención Americana sobre Derechos Humanos CADH. Disponible el 7 5 2021, https://www.oas.org/dil/esp/tratados_B-32_Convencion_Americana_sobre_Derechos_Humanos.pdf
3 Fundación Colombiana de Ética y Bioética FUCEB. Estatutos 3ª ed. Disponible el 7 5 2021, http://fucebcolombia.org/wp-content/uploads/2019/08/FUCEB-Estatutos-Tercera-edicio%CC%81n-30-3-2019-1.pdf
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