Con la sanción de la Ley, que beneficia a madres cabeza de familia condenadas, más de 5.000 mujeres podrán sustituir la pena con servicios de utilidad pública no remunerados, en actividades educativas, restauración ambiental, recuperación del espacio público, apoyo al transporte masivo y ayuda a poblaciones vulnerables, entre otros.
La norma, que fue sancionada este miércoles por el Presidente Gustavo Petro en Quibdó (Chocó), permite que las beneficiarias no solo tengan la oportunidad de compartir y trabajar para suplir las necesidades de sus hijos, sino que también puedan estudiar y desplazarse sin restricciones mientras están cobijadas por la medida.
Al sancionar la norma, el Presidente Gustavo Petro indicó que el objetivo es evitar que “si ellas siguen presas y los niños sin su madre, esos niños crezcan sin afecto y muchos, en el futuro, se conviertan en criminales”.
Para conmutar la pena, las mujeres cobijadas por la ley deberán prestar los mencionados servicios de utilidad pública con una intensidad mínima de 5 horas semanales y máximo 20 horas semanales.
En la norma quedó establecido que la pena sustitutiva será concedida por un juez de conocimiento al momento de imponer la pena o por un juez de ejecución de penas para aquellas mujeres que ya están cumpliendo la pena.
Cabe señalar que la Ley beneficia a las mujeres condenadas por delitos de hurto y/o tráfico de estupefacientes con penas inferiores a 8 años de prisión.
De acuerdo con un estudio realizado por la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (Unodc) y el Ministerio de Justicia, en el año 2019 se identificó que el 58 % de las mujeres privadas de la libertad por delitos de drogas son madres cabeza de hogar.
Asimismo, con medidas alternativas a la prisión como la que brinda esta norma, el Gobierno Nacional considera que se contribuye a reconstruir el tejido social y favorece la inclusión social de mujeres cabeza de hogar en estado de marginalidad.
Además, favorecen la reducción de la reincidencia y evitan el rompimiento de vínculos sociales, familiares, y la generación de estigmas y discriminación.
MinJusticia la reglamentará
En el mismo sentido, es importante aseverar que la implementación de la citada Ley no será automática, sino que debe reglamentarse por el Ministerio de Justicia, en un plazo no mayor a seis meses.
De hecho, el Ministerio ya está trabajando en la reglamentación de la Ley para que las mujeres que cumplan los requisitos puedan acceder lo más pronto posible a esta medida alternativa.
Precisamente, para fortalecer el proceso de implementación de esta nueva medida sustitutiva, en los próximos días se realizará una socialización a jueces de conocimiento y de ejecución de penas y medidas de seguridad sobre la Ley.