Se limitarán los beneficios tributarios para las personas que tengan ingresos superiores a los diez millones de pesos mensuales y que solo representan el dos por ciento de la población.
Habrá mayor control a la evasión.
La tasa impositiva de las empresas NO subirá. Se limitarán los beneficios tributarios a las personas jurídicas.
El proyecto incluye impuestos a las emisiones de carbono y de salud pública, es decir, los que cobijan a las bebidas azucaradas y a los alimentos ultra procesados.
Habrá mayor control a los beneficios que tienen las importaciones a través de envíos postales.
Este proyecto disminuye las exenciones inequitativas de las que gozan las personas naturales de más altos ingresos y algunas empresas, cerrar caminos para la evasión y la elusión tributaria; y lograr la consecución suficiente de recursos para financiar el fortalecimiento del sistema de protección social.
NO habrá IVA para la canasta familiar. Se eliminan los tres días sin IVA.
Bogotá, 8 de agosto de 2022.
El ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo, radicó, este lunes ocho de agosto, ante la Cámara de Representantes, el proyecto de Ley de Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social.
En la iniciativa que se debatirá en el Congreso de la República, propone limitar los beneficios tributarios para las personas que tengan ingresos superiores a los diez millones de pesos mensuales y que tan solo representan el dos por ciento de la población.
En este renglón se unificarán todas las rentas y a partir de esta medida el contribuyente pagará de la misma manera por ganancias ocasionales y dividendos como hoy en día lo hace por ingresos laborales.
Un trabajador que gane menos de $10 millones no pagará más impuestos.
Las personas con patrimonios superiores a los $3.000 millones pagarán una tasa que arranca en 0,5%. Aquellos con patrimonios superiores a los $5.000 millones pagarán el uno por ciento.
“Este proyecto de reforma tributaria tiene como objeto avanzar fundamentalmente en dos dimensiones: primero, en disminuir las exenciones inequitativas de las que gozan las personas naturales de más altos ingresos y algunas empresas, así como cerrar caminos para la evasión y la elusión tributaria; y segundo, en lograr la consecución suficiente de recursos para financiar el fortalecimiento del sistema de protección social. Lo anterior se alcanza a través de ajustes al sistema tributario, que permiten avanzar en materia de progresividad, equidad, justicia, simplicidad y eficiencia”, señala la iniciativa radicada ante la Presidencia de la Cámara de Representantes.
La iniciativa ofrece, además, nuevas herramientas a la administración tributaria para hacer un mayor control a la evasión en Colombia, pues según diversos estudios en el país, la evasión puede superar los $50 billones. Las normas antievasión se complementarán con un avance adicional en la modernización de la Dian.
La propuesta NO contempla un incremento a los impuestos que paga el aparato productivo nacional, pero si se limitarán los beneficios tributarios.
En línea con políticas internacionales, la iniciativa permitirá redistribuir los beneficios que generan los altos precios del petróleo, el carbón y el oro. Para ello se establece un impuesto a la exportación de estos productos equivalente al 10% del exceso sobre un precio base.
Es decir, si el precio del petróleo es de US$95 por barril y el precio de referencia (que fije la Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH) es de US$48, el impuesto aproximado es del 4,6% a las exportaciones extraordinarias.
El proyecto incluye los impuestos a las emisiones de carbono y de salud pública es decir los que cobijan a las bebidas azucaradas y a los alimentos ultra procesados.
Hay que señalar que el impuesto al carbono recae sobre el contenido de carbono equivalente de todos los combustibles fósiles incluyendo los derivados del petróleo y todos los tipos de gas fósil que sean usados para combustión.
Sumado a ello, no se permitirá la deducción de regalías del Impuesto Sobre la Renta. Lo anterior, porque las regalías son pagos que hacen las empresas por la explotación de una propiedad de la Nación.
Además de proponer la eliminación de los tres días sin IVA, se pone sobre la mesa la necesidad de cobrar este tributo cuando ingresen al territorio nacional bienes, cuyo valor incluso esté por debajo de los US$200 y provengan de países con los que Colombia no tiene Tratados de Libre Comercio vigentes. Esto implica que los bienes originarios de Estados Unidos exentos de este tributo, pero no los que no se producen en ese país.
NO habrá IVA para la canasta familiar.
Ver aquí texto del proyecto de Reforma Tributaria
Presentación del Ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo
Con información suministrada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público