Sobre la pretendida Ley del no pago de los derechos de autor

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Aparte de la pandemia que afecta al gremio artístico y musical, el Congreso de Colombia pretende una reforma a la ley autoral, para el no pago de Derechos de Autor en establecimientos comerciales que utilizan la música, derechos que son recaudados por Sayco, y los conexos por Acinpro.

La Cámara de Representantes, aprobó en primera instancia un articulado que pretende exonerar a los usuarios de la música, del pago de los derechos de autor, por la ejecución pública de obras musicales, en establecimientos comerciales que utilizan obras musicales.

Increíble la ignorancia sobre derechos de autor, de congresistas como Roy Barreras, Gustavo Petro, Juan Carlos Lozada, Ángela María Robledo y otros “honorables padres de la patria”, que aún piensan que el derecho de autor es un impuesto, y que Sayco es una entidad oficial. El derecho de autor es un derecho privado, al igual que Sayco y Acinpro.

La Ley 23, declara la obligatoriedad de quienes utilizan la música -sin importar el medio de difusión, lo que se cobra es lo que se escucha- de cancelar al autor y/o su representante o causahabiente, el valor de tales derechos.

No se puede proponer, así, alegremente, como lo hace el polémico representante César Lorduy, que se apruebe una norma que derogue, las normas aprobadas, la Ley 23 de 1982, y reglamentada en la 44 de 1993.

Sayco, la Sociedad de Autores y Compositores de Colombia tiene, desde hace 74 años, el mandato mayoritario de los autores compositores colombianos para que, en su nombre, recaude los derechos originados por la ejecución pública de sus obras musicales. En la actualidad representa a más de 9000 autores, aparte de todo el repertorio de la Cisac, Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores, en todo el mundo. De igual manera, la Asociación Colombiana de intérpretes y Productores Fonográficos, Acinpro, está facultada para recaudar los derechos conexos de sus socios intérpretes y productores fonográficos. Precisamente, junto a Sayco conformaron la OSA, para recaudar tales derechos. 

El Convenio de Berna, ratifica los derechos del autor sobre su obra, así como la facultad exclusiva para autorizar la explotación de la misma. Y Sayco, tiene el mandato de sus socios compositores para recaudar y distribuir sus derechos. Y el Convenio de Roma, ratifica tales derechos primigenios, y los de los derechos conexos. 

Es muy fácil: Que las tiendas, las cantinas, discotecas, los clubes y los hoteles, retiren la música y no la utilicen. Y que los empresarios no cobren la entrada a sus espectáculos. Así no tendrían que pagar ningún derecho.

Pero, mientras utilicen la música, deben cancelar a Sayco y Acinpro el sagrado derecho de autor, que es el salario de los compositores y cantantes colombianos. 

Por Óscar Javier Ferreira Vanegas